Contrato de compraventa mercantil
Un contrato de compraventa mercantil es aquel tipo de contrato en el que el vendedor se obliga a entregar una cosa determinada y el comprador a pagar por ella un precio cierto, con ánimo de lucrarse en la reventa. Dicha reventa podrá hacerse en la misma forma en la que se compró la cosa o en otra diferente. La regulación jurÃdica de la compraventa mercantil está en los artÃculos 325 y siguientes del Código de Comercio. El artÃculo 326 establece que no se reputarán mercantiles:
- Las compras de efectos destinados al consumo del comprador o de las personas por cuyo encargo se adquieren.
- Las ventas que hicieren los propietarios y los labradores o ganaderos de los frutos o productos de sus cosechas o ganado, o de las especies en que se les paguen las rentas.
- Las ventas que de los objetos construidos o fabricados por los artesanos hicieren éstos en sus talleres.
- La reventa que haga cualquier persona no comerciante del resto de los acopios que hizo para su consumo.
Hay que destacar que en toda venta mercantil, y salvo pacto en contrario, el vendedor quedará obligado a la evicción y saneamiento en favor del comprador.
Si necesita un modelo de este contrato puede comprarlo aquÃ:
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Ver todosÚltima modificación: 02 de julio de 2014